Fomento del empleo para personas discapacitadas, según Orden 48/2014, de 30 de diciembre - Consultoría Elche

Fomento del empleo para personas discapacitadas, según Orden 48/2014, de 30 de diciembre

(Plazo: dos meses desde la contratación y como límite, hasta el 30 de septiembre de 2015)

Esta orden tiene como objeto establecer un programa de ayudas destinadas a favorecer la inserción laboral de las personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo, mediante el apoyo a la contratación indefinida, contratación temporal y adaptación del puesto de trabajo.

Con exclusión de:

  • Trabajadores que en los 24 meses previos a la contratación, hubieran prestado servicios mediante contrato indefinido en la misma empresa o grupo de empresas.
  • Que hayan finalizado un contrato indefinido por mutuo acuerdo, en los últimos 3 meses.
  • Empresas que hayan sido excluidas de los beneficios de los programas de empleo.
  • Empresas que hayan sido sancionadas por infracciones graves o muy graves, en materia de Prevención de Riesgos Laborales.
  • Empresas que en los 12 meses anteriores, hayan tenido despidos colectivos y disciplinarios, declarados judicialmente como improcedentes.

CUANTÍA DE LAS AYUDAS.-

  • Contratación INDEFINIDA, incluida la Transformación en Indefinido
A jornada completa 3.907,00
A jornada parcial y fijos discontinuos Proporcional
  • Contratación TEMPORAL (al menos 6 meses)
Discapacidad física o sensorial entre 33% y 65% 2.000,00
Psíquica ≥33% 2.500,00
Discapacidad física o sensorial >65% 2.500,00
A jornada parcial (mín. 20h semanales) Proporcional
  • ADAPTACIÓN AL PUESTO DE TRABAJO
Contratos Indefinidos Hasta 902,00€/trabajador

OBLIGACIONES.-

  • Contratos Indefinidos: Mantener el empleo al menos 3 años.
  • Contratos Temporales: Mantener el empleo al menos 6 meses.

Si necesita más información no dude en ponerse en contacto con nosotros.

Un saludo de Espinosa Consultora.

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