Noticias informativas archivos - Página 5 de 18 - Consultoría Elche

NUEVAS MEDIDAS COVID-15 DEL 15-3 AL 12-4 DE 2021

Desde Consultoría Empresarial Espinosa, se informa a nuestros clientes de las últimas medidas en materia COVID-19 que acaecen a nuestra sociedad.

Estas medidas ya tienen efectos, comenzaron desde las 00.00 horas del día 15 de marzo de 2021 hasta la 23.59 horas del día 12 de abril de 2021.

1. Medidas relativas a locales comerciales y de prestación de servicios.

Independientemente de su superficie útil de exposición y venta, tendrá un 50 % el aforo total en los establecimientos y locales.

El horario de apertura será hasta las 20:00 horas, salvo las actividades esenciales, que tendrá su horario habitual.

2. Medidas relativas a establecimientos de restauración y hostelería.

Horario de apertura hasta las 18:00 horas, salvo las actividades esenciales, que tendrá su horario habitual. Las actividades de restauración con servicio a domicilio, o de recogida se podrá llevar a cabo durante el horario de apertura habitual.

Aforo máximo:

– Interior de los locales: 30% (el aforo debe estar visible en la entrada).

– En las terrazas al aire libre: 100% (el aforo debe estar visible en la entrada).

Ocupación de las mesas: máximo de 4 personas por mesa.

Distancia entre mesas:

– Interior de los locales: 2 metros.

– En las terrazas al aire libre: 1,5 metros.

El consumo será siempre sentado en mesa. No está permitido el uso de barra, el self service o buffet.

Es obligatorio el uso de mascarilla cuando no se esté consumiendo.

No se permite fumar, baile, máquinas recreativas ni juegos de azar en mesa.

3. Medidas relativas a actividades recreativas de azar.

Se mantiene la suspensión de actividades en establecimientos y espacios dedicados a actividades recreativas y de azar.

4. Medidas relativas a la actividad física, el deporte, las instalaciones deportivas y las competiciones deportivas.

Se permite practicar, actividad física y deportiva, al aire libre y en instalaciones deportivas abiertas o cerradas, sin contacto físico, en las modalidades individuales y por parejas. Si la actividad física está dirigida por un profesional podrá realizarse en grupos máximos de 4 personas.

En instalaciones cerradas será obligatorio el uso de mascarilla.

Aforo máximo:

– Instalaciones deportivas abiertas: una persona usuaria por cada 2,25 m².

– Instalaciones deportivas cerradas: 30 %.

Horario hasta las 20.00 horas.

Siguen suspensas todas las competiciones, actividades y acontecimientos deportivos organizados por entidades públicas o privadas, en todas las categorías y modalidades deportivas, excepto las que se establecen en esta Resolución.

5. Medidas relativas a piscinas y playas.

Las piscinas para uso recreativo, piscinas de hoteles, alojamientos turísticos y piscinas de urbanizaciones deberán respetar el límite del 30 % de su capacidad de aforo.

6. Medidas relativas a residencias y otros alojamientos similares.

En las residencias y alojamientos recogidas en este punto, la apertura de zonas comunes se permite hasta 30 % del aforo, sin servicio de buffet ni self service.

Se suspenden las visitas.

7. Medidas relativas a actividades festeras tradicionales.

Continua el cierre preventivo y la suspensión de actividades, establecimientos, espacios o centros donde se desarrollen actividades festeras tradicionales.

8. Medidas relativas a centros de personas mayores y de personas con diversidad funcional o problemas de salud mental.

Se estará a lo dispuesto en la ordenación que realice la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas.

9. Celebraciones, eventos o concentraciones de personas.

No se permite la celebración de eventos que impliquen concentración de personas (espectáculos públicos, actividades recreativas y socioculturales, exhibición de animales y celebraciones populares).

Las actividades que sí se puedan celebrar tiene que tener un aforo del 50 % y demás exigencias habituales hasta la fecha.

10. Medidas relativas a velatorios y entierros.

Aforo máximo:

– 30 % con un límite máximo de 20 personas (al aire libre) o 15 personas (en espacios cerrados).

11. Medidas relativas a celebraciones de bodas, etc.

Aforo máximo:

– 1/3 del aforo con un límite máximo de 20 personas (al aire libre) o 15 personas (en espacios cerrados).

Si las celebraciones implican servicio de hostelería, restauración, en salones de banquetes o en cualquier otro establecimiento de hostelería o espacio privado, se ajustarán a lo regulado en esta materia.

12. Medidas relativas a parques, jardines y zonas de esparcimiento al aire libre y actividades de ocio educativo y educación en el tiempo libre, y escuelas de animación juvenil.

– Parques, jardines y zonas de esparcimiento al aire libre podrán permanecer abiertos salvo en el periodo horario que limita la movilidad o circulación de las personas.

– Actividades de ocio educativo y educación en el tiempo libre, y escuelas de animación juvenil, con un aforo del 30 % en grupos de hasta un máximo de 10 personas, además de la persona monitora.

SUBVENCIONES AVALEM JOVES

Ayudas para la contratación de jóvenes titulados con contrato indefinido o contrato en prácticas

 

Beneficiarios

Empresas privadas, incluidas las personas trabajadoras autónomas.

 

Cuantía de la subvención

TRABAJADOR              CONTRATO INDEFINIDO          CONTRATO PRÁCTICAS

Hombre                                    23.940€                                       10.640€

Mujer                                        25.270€                                        11.305€

 

Perfiles subvencionables

Jóvenes menores de 30 años inscritos en el Programa de Garantía Juvenil y con titulación oficial.

 

A tener en cuenta

  • El contrato debe ser a jornada completa y el puesto debe estar relacionado con la titulación oficial del/de la joven.
  • Hay que mantener el empleo del/de la joven y la plantilla media de la empresa durante 24 meses en contrato indefinido y 12 para contratos en prácticas.

 

En colaboración con Proyectos Amaltea ofrecemos la colaboración en materia de subvenciones, contacta con nosotros en nuestro teléfono 966 110 700 o al correo info@espinosaconsultora.es si dicha convocatoria se ajusta a las necesidades de tu actividad.

 

Muchas gracias.

SUBVENCIONES CONVERSIÓN A INDEFINIDO

Personas beneficiarias

Empresas privadas, incluidas los trabajadoras autónomas.

Plazo máximo de solicitud

30 de abril de 2021.

 

Cuantía de la subvención

11.970€ por conversión.

13.300€ si es mujer.

Perfiles subvencionables

El trabajador debe de formar parte de uno de los siguientes colectivos:

  • Jóvenes menores de 30 años
  • Personas mayores de 50 años
  • Personas con diversidad funcional
  • Mujeres
A tener en cuenta
  • El contrato deberá ser indefinido a jornada completa.
  • El contrato deberá mantenerse un mínimo de 24 meses.

 

 

En colaboración con Proyectos Amaltea ofrecemos la colaboración en materia de subvenciones, contacta con nosotros en nuestro teléfono 966 110 700 o al correo info@espinosaconsultora.es si dicha convocatoria se ajusta a las necesidades de tu actividad

Muchas gracias.

AYUDAS A EMPRESAS DEL SECTOR TURÍSTICO

Personas beneficiarias

Trabajadores autónomos y empresas del sector turístico que desarrollen su actividad en la Comunidad Valenciana y que a día 15 de febrero cumplan con uno de los siguientes requisitos:

  • Establecimientos turísticos inscrito en el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana
  • Agencia de viajes inscrita en el Registro de Turisme Comunitat Valenciana
  • Estar adherido uno de los siguientes programas:
    • CreaTurisme
    • SICTED
    • L’Exquisit Mediterrani
    • Mediterranew Musix

Importe de las ayudas

A) Hoteles: desde 2.500€ hasta 45.000€

Hostales, pensiones y albergues: 1.000€
Empresas gestoras de viviendas turísticas: desde 1.000€ hasta 1.800€
Bloques y conjuntos de apartamentos turísticos: desde hasta 8.000€
Campings: desde 3.000€ hasta 11.000€
Alojamientos rurales: desde 500€ hasta 1.000€
 
B) Agencias de viajes: 3.500€, 4.000 € en caso de estar adherida a CreaTurisme o SICTED
C) Empresas adheridas a CreaTurisme o SICTED: 2.500€

L’Exquisit Mediterrani: 9.000€.

 

Plazo

Hasta el 22 de marzo de 2021.

En colaboración con Proyectos Amaltea ofrecemos la colaboración en materia de subvenciones, contacta con nosotros en nuestro teléfono 966 110 700 o al correo info@espinosaconsultora.es si dicha convocatoria se ajusta a las necesidades de tu actividad

 

Muchas gracias.

SUBVENCIÓN DIGITALIZACIÓN GVA

SUBVENCIONES A PROYECTOS DE DIGITALIZACIÓN DE PYME

 

Personas beneficiarias

Pymes con sede social o de producción en la Comunidad Valenciana. Encuadradas en los siguientes CNAE:

  • a. Secciones C, D, E y F-Divisiones 10 a 43.
  • b. Sección H-Divisiones 49 a 53.
  • c. Sección J-Divisiones 58 a 63.
  • d. Sección M-Divisiones 69 a 74.

 

Importe de las ayudas

  • Pequeña empresa: hasta el 40% del proyecto.
  • Mediana empresa: hasta el 30% del proyecto.

Con un máximo de 100.000€.


Plazo

El plazo para la presentación de solicitudes es hasta el 10 de marzo de 2021.

DIGITALIZA TRANSFORMACIÓN

Proyecto mínimo: 12.000€

Gastos subvencionables

  • Sistemas de planificación de recursos y sistemas de información (CRM, ERP, etc.).
  • Sistemas avanzados de análisis de datos y seguridad.
  • Captura de datos y automatización.
  • Sensorización de productos y análisis de datos.
  • Modelización y virtualización de procesos.
  • Implantación de soluciones para gestión de ciclo de vida (CAD, PLM, SGA etc.).

 

DIGITALIZA TRANSFORMACIÓN

Proyecto mínimo: 6.000€

 

Gastos subvencionables

  • Soluciones de acceso a redes corporativas, entre otras, escritorios remotos, virtuales, y operación remota de equipos y dispositivos.
  • Software relacionado con el desarrollo de los proyectos, incluyendo, si procede, los costes de implantación y puesta en funcionamiento. Como, por ejemplo: Licencias de software, desarrollo de aplicaciones a medida, costes por uso de soluciones y aplicaciones (modalidades XaaS), costes de instalación, adaptación, configuración y puesta en funcionamiento de las soluciones.
  • Adquisición de activos materiales: Equipos de telecomunicación y de seguridad, servidores, ordenadores personales, así como los dispositivos de comunicación de los mismos necesarios para desarrollar el trabajo remoto.
  • Costes de servicios de asistencia técnica, consultoría y equivalentes, para el diagnóstico, planificación o definición de los servicios previstos en las actuaciones.
  • Soluciones para facilitar el control y la operación remota de procesos productivos, monitorización y soporte remoto de productos, así como la prestación de servicios no presenciales.

 

En colaboración con Proyectos Amaltea ofrecemos la colaboración en materia de subvenciones, contacta con nosotros en nuestro teléfono 966 110 700 o al correo info@espinosaconsultora.es si dicha convocatoria se ajusta a las necesidades de tu actividad

 

Muchas gracias.

AYUDAS DE APOYO A LA VIABILIDAD DE EMPRESAS Y AUTÓNOMOS AFECTADOS POR LA COVID-19

Personas beneficiarias

Empresas y trabajadores en régimen de autónomo que desarrollan una actividad económica en la Comunidad Valenciana.

 

Requisitos

Pertenecer al sector de la hostelería, agencias de viajes, actividades artísticas, recreativas o de ocio y estar encuadrados en alguno de los siguientes CNAE:

–       5510 Hoteles y alojamientos similares.

–       5520 Alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia.

–       5530 Campings y aparcamientos de caravanas.

–       5590 Otros alojamientos.

–       5610 Restaurantes y puestos de comidas.

–       5621 Provisión de comidas preparadas para eventos.

–       5629 Otros servicios de comidas.

–       5630 Establecimientos de bebidas.

–       5914 Actividades de exhibición cinematogáfica.

–       7911 Actividades de las agencias de viajes.

–       7912 Actividades de los operadores turísticos.

–       7990 Otros servicios de reservas y actividades relacionadas con los mismos.

–       8230 Organización de convenciones y ferias de muestras.

–       9001 Artes escénicas.

–       9002 Actividades auxiliares a las artes escénicas.

–       9003 Creación artística y literaria.

–       9004 Gestión de salas de espectáculos.

–       9102 Actividades de museos.

–       9103 Gestión de lugares y edificios históricos.

–       9311 Gestión de instalaciones deportivas.

–       9312 Actividades de los clubes deportivos.

–       9313 Actividades de los gimnasios.

–       9319 Otras actividades deportivas.

–       9321 Actividades de los parques de atracciones y los parques temáticos.

–       9329 Otras actividades recreativas y de entretenimiento.

 

 

   Requisitos

  • Empresas con trabajadores: hasta 12.000€. 600€ por cada trabajador a jornada completa y 300€ por trabajador a tiempo parcial
  • Sin trabajadores600€.

   Plazo

Hasta el 17 de febrero de 2021.

 

En colaboración con Proyectos Amaltea ofrecemos la colaboración en materia de subvenciones, contacta con nosotros en nuestro teléfono 966 110 700 o al correo info@espinosaconsultora.es si dicha convocatoria se ajusta a las necesidades de tu actividad

 

Muchas gracias.

 

NUEVAS PRESTACIONES DE CESE DE ACTIVIDAD REAL DECRETO LEY 2/2021

Adjuntamos un pdf resumen con las nuevas prestaciones por cese de actividad establecidas por el Real Decreto-Ley 2/2021 de 26 de enero.


cuadro resumen

 

PRESTACIÓN EXTRAORDINARIA POR SUSPENSIÓN O CIERRE

Ayudas paras las actividades que hayan supuesto la suspensión o cierre:

a) Actividad de Hostelería y Restauración, bares, cafeterías, restaurantes y establecimientos de ocio y entretenimiento.
b) Establecimientos dedicados a actividades recreativas y azar (bingos, recreativos y similares).
c) Actividades en instalaciones y centros deportivos (clubes, gimnasios, centros de entrenamiento, complejos deportivos, pabellones, boleras, pistas para carreras, centros de pilates, yoga y similares).

Requisitos para solicitarla:

– Estar afiliados y en alta en Autónomo, al menos 30 días naturales antes de la fecha de la resolución que acuerde el cese de actividad.
– Estar al corriente de los pagos y obligaciones de la Seguridad Social.

Duración:

– Desde el día siguiente en el que la autoridad competente adopte la medida de cierre de la actividad, hasta el último día del mes en el que finalice la medida.

Cuantía:

– 50% de la base mínima de cotización (70% si es parte de familia numerosa y su actividad suspendida constituía la única fuente de ingresos).
– 40% cuando convivan personas unidas por vínculo familiar hasta el primer grado de parentesco por consanguinidad o afinidad, y dos o más miembros tengan derecho a esta prestación
extraordinaria.

Consideraciones:

– Durante el tiempo que permanezca la actividad suspendida, se mantendrá el alta en el régimen especial correspondiente.
– Durante el periodo en el que se perciba la prestación, el autónomo no estará obligado a cotizar. La mutua asumirá las cotizaciones que correspondan y se entenderá como tiempo cotizado.
– El reconocimiento será provisional y estará supeditado a su revisión.

Incompatibilidades

– Con prestaciones de incapacidad temporal, maternidad/paternidad (total).
– Con el trabajo por cuenta ajena, si los ingresos son superiores al 1,25xSMI (sin incluir pagas extras).
– Con el desempeño de otra actividad por cuenta propia.
– Con la percepción de rendimientos procedentes de la sociedad cuya actividad se haya visto afectada por el cierre.

Fecha para la presentación:
– Disponemos hasta el 4 de febrero de 2021 para la presentación de la ayuda.

AYUDAS «PLAN RESISTIR» DE LA GVA

El president de la Generalitat, Ximo Puig, ha anunciado que la línea de ayudas Paréntesis, destinada a autónomos y microempresas de los sectores más afectados por las restricciones necesarias para hacer frente a la pandemia de COVID-19, estará dotada con 160 millones de euros.

Su gestión se realizará a través de los ayuntamientos, que tendrán un plazo de 15 días, desde la publicación del decreto Ley, para presentar su solicitud de participación, lo cual «activará el despliegue de las ayudas», ha manifestado Puig.

Les adjuntamos el cuadro resumen de dicho Plan de Ayudas Resistir:


cuadro resumen

SUBVENCIONES PARA LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA

Ayudas a la contratación indefinida de colectivos vulnerables

 

Beneficiarios

Empresas privadas, incluidos los trabajadores autónomos.

 

Plazo

Hasta el 31 de julio de 2021.

 

Cuantía de la subvención

23.940€ por contratación.

25.270€ si es mujer.

 

Perfiles subvencionables

  • Personas desempleadas de larga duración (más de 1 año).
  • Personas de 50 años en adelante.
  • Personas con diversidad funcional.

A tener en cuenta

  • El contrato debe ser indefinido a jornada completa.

El contrato y el nivel de plantilla debe mantenerse al menos durante 24 meses.

 

En colaboración con Proyectos Amaltea ofrecemos la colaboración en materia de subvenciones, contacta con nosotros si dicha convocatoria se ajusta a las necesidades de tu actividad.

Muchas gracias.