PRÉSTAMO ENTRE PARTICULARES - Consultoría Elche

PRÉSTAMO ENTRE PARTICULARES

Estimados clientes,

A continuación, les recordamos los efectos que puede llegar a tener la cesión de capitales a particulares, o lo que es lo mismo, el préstamo entre personas físicas realizado fuera de cualquier actividad comercial o profesional.

Para Hacienda, estas operaciones se presumen retribuidas aunque no se devenguen intereses, y por lo tanto, deben incluirse como rendimientos de capital mobiliario en la renta del prestamista a valor normal de mercado, salvo que se pruebe la gratuidad del mismo.

Para acreditar dicha condición de gratuidad del mismo, y evitar futuros perjuicios con Hacienda, deberá realizarse conforme a los medios de prueba generalmente admitidos en Derecho, esto es, formalizar el acuerdo de préstamo por escrito, bien ante notario, o bien hacerlo público mediante su inscripción en la oficina liquidadora competente, junto con la autoliquidación del mismo.

En cualquiera de las opciones elegida, el contrato de préstamo está exento de tributación por la Ley de ITP y AJD.

Le recordamos así mismo, que estamos a su disposición para aconsejarle sobre las mejores opciones fiscales a la hora de realizar sus inversiones.

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