Notificaciones electrónicas de la Seguridad Social - Consultoría Elche

Notificaciones electrónicas de la Seguridad Social

servicio que permite el acceso online a las notificaciones que hasta ahora se reciben por correo ordinario, un servicio de notificaciones electrónicas.

¿QUIEN ESTÁ OBLIGADO A RECIBIR NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS?

Todas las empresas y ciudadanos que estén incorporados al Sistema RED.

¿CUANDO SERÁ OBLIGATORIO RECIBIR NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS?

A partir d  el 1 de enero de 2013, y previa recepción de una comunicación escrita, tanto las empresas como los ciudadanos que estén incorporados al Sistema RED.

Las empresas que se creen a partir de enero quedarán incorporadas a éste servicio sin que sea necesaria la comunicación sobre su inclusión obligatoria.

¿COMO SE PUEDE ACCEDER A LAS NOTIFICACIONES?

Para acceder es necesario disponer de un certificado digital de empresa o de persona física. Una firma digital.

¿COMO SE PUEDEN CONSULTAR LAS NOTIFICACIONES?

A través del registro electrónico de la Seguridad Social, en la Sede electrónica de la misma
Dirección: http://sede.seg-social.gob.es
En el apartado de Mi Sede Electrónica

¿QUE TIPO DE NOTIFICACIONES ME ENVIARÁN?

La Seguridad Social ofrece a través del Servicio de Notificaciones Telemáticas Seguras la gestión de las notificaciones de actos administrativos entre los Organismos o Entidades de la Seguridad Social y las empresas y ciudadanos. Entre estos actos, se encuentran los del procedimiento recaudatorio: reclamaciones de deuda y providencias de apremio, comunicación del inicio del procedimiento de deducción y actos del procedimiento de apremio por cuotas, conceptos de recaudación conjunta y otros recursos, con los recargos e intereses correspondientes.

¿QUE PLAZOS TENGO PARA LEER MIS NOTIFICACIONES PENDIENTES?

La notificación se pondrá a disposición del interesado en la Sede durante un plazo máximo de 10 días. Transcurrido dicho periodo sin haber accedido a la misma, se dará por notificada. Desapareciendo de la Sede y siendo necesario acudir a la Administración correspondiente para obtener información.

La seguridad Social enviará a todos los receptores un correo electrónico de aviso de disponibilidad siempre que se hayan proporcionado los datos de contacto a través del servicio disponible en la SEDESS.

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