Modificación las retenciones aplicables a partir del día 12 de julio de 2.015 - Consultoría Elche
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Modificación las retenciones aplicables a partir del día 12 de julio de 2.015

RDL 9/2015, de 10 de Julio, de medidas urgentes para reducir la carga tributaria soportada y otras medidas de carácter económico.

Con fecha 11 de julio se ha publicado Real Decreto, por el que se modifican las retenciones aplicables a partir del día siguiente al de su publicación, es decir, con efectos 12 de julio de 2.015.

La implantación de estas medidas lleva consigo una rebaja en la escala del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, entre otras medidas, y el establecimiento de nuevos tipos de retención, donde los principales tipos de retención quedan establecidos según la siguiente tabla:

CUADRO RESUMEN DE RETENCIONES
APLICABLE HASTA 12/7/15 APLICABLE DESDE 12/7/15 APLICABLE   2016
RENDIMIENTOS DEL TRABAJO Será variable según procedimiento general
RETRIBUCIONES DE ADMINISTRADORES(CIFRA NEGOCIOS +100.000€) 37 37 35
RETRIBUCIONES DE ADMINISTRADORES(CIFRA NEGOCIOS -100.000€) 20 19,5 19
CURSOS, CONFERENCIAS, SEMINARIOS 19 15 15
ATRASOS RENDIMIENTOS DEL TRABAJO 15 15 15
ACTIVIDADES PROFESIONALES 19 15 15
PROFESIONALES DE NUEVO INICIO (AÑO DE INICIO Y DOS SIGUIENTES) 9 7 7
ACTIVIDADES PROFESIONALES CON RTOS. EJERCICIO ANTERIOR -15.000€ 15 SUPRIMIDO SUPRIMIDO
GANANCIAS PATRIMONIALES 20 19,5 19
ARRENDAMIENTO Y SUBARRENDAMIENTO DE BIENES INMUEBLES URBANOS 20 19,5 19
  • Para poder obtener el nuevo tipo de retención de los rendimientos de trabajo, se tiene en cuenta la nueva escala con las retribuciones obtenidas desde el 1 de enero de 2.015, pudiendo aplicarse la regularización de los mismos con efectos desde  julio, o 1 de agosto de 2.015, a opción del empresario.
  • Los porcentajes de retención o ingreso a cuenta restantes previstos, se calcularán teniendo en cuenta cuando nace la obligación de retener, dado que los nuevos tipos se aplicarán, atendiendo a su naturaleza, con efectos a partir del 12 de julio.

Adjuntamos cuadro de retenciones más ampliado, que incluye todas las retenciones aplicables según la clase de renta de la que se trate, y dependiendo del momento del devengo de la misma.

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