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Fomento del empleo para emprendedores, según orden 45/2014, de 30 de diciembre

(PLAZO: hasta el 30 de mayo de 2015)

Esta orden tiene por objeto el establecimiento de ayudas destinadas a favorecer la creación y consolidación del empleo por cuenta propia en el ámbito de la Comunitat Valenciana. A este respecto esta orden regula los siguientes programas de ayudas:

       1. POR EL ESTABLECIMIENTO COMO TRABAJADOR POR CUENTA PROPIA

Dirigido a personas desempleadas e inscritas en la Oficina de Empleo, que se constituyan como trabajadores Autónomos en Establecimientos domiciliados en la Comunidad Valenciana

Con exclusión de:

  • Socios de sociedades mercantiles, civiles, laborales, de Comunidades de Bienes y de Cooperativas.
  • Autónomos colaboradores.

CUANTIA DE LAS AYUDAS.-

Desempleados 2.500,00 euros
Desempleados menores de 30 años 3.000,00 euros
Desempleados mayores de 45 años 3.000,00 euros
Mujeres Desempleadas (víctimas de violencia de género) 4.500,00 euros
Desempleados con Discapacidad (mínimo 33%) 4.000,00 euros

* Si el autónomo es mujer, se incrementarán las ayudas en 500,00 euros

CONDICIONES.-

  • Iniciar la actividad a partir del 19 de febrero de 2015.
  • No haber estado dado de alta como Autónomo en los 6 meses anteriores al inicio de la actividad.
  • No haber solicitado subvenciones por el mismo concepto en los últimos 3 años.

OBLIGACIONES.-

  • Mantener la actividad por cuenta propia un mínimo de 12 meses.

       2. AYUDAS POR LA PRIMERA CONTRATACIÓN DEL AUTÓNOMO

Con exclusión de:   Trabajadores con relación de consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive.

CUANTÍA DE LAS AYUDAS.-

Contrato Indefinido a jornada completa*Si es mujer 5.400,00 euros6.000,00 euros
Contrato temporal a jornada completa (6 meses)*Si es mujer 3.100,00 euros3.600,00 euros
Contrato temporal a jornada completa (3 meses)*Si es mujer 1.500,00 euros2.000,00 euros
Contrato a tiempo parcial (20 horas semanales) Proporcional a la jornada

CONDICIONES.-

  • Contratación del PRIMER trabajador desempleado e inscrito,  a partir del 19/02/2015, que tenga:
    • Menos de 30 años ó
    • Más de 45 años, ó
    • Desempleado inscrito durante un mínimo de 365 días previos a la contratación.

OBLIGACIONES.-

  • Contratos indefinidos: Mantener la actividad por cuenta propia un mínimo de 12 meses.
  • Contratos temporales: 3 o 6 meses, Mantener el tiempo que se hubiera subvencionado.

 

Un saludo de Espinosa Consultor