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AYUDAS DE APOYO A LA VIABILIDAD DE EMPRESAS Y AUTÓNOMOS AFECTADOS POR LA COVID-19

Personas beneficiarias

Empresas y trabajadores en régimen de autónomo que desarrollan una actividad económica en la Comunidad Valenciana.

 

Requisitos

Pertenecer al sector de la hostelería, agencias de viajes, actividades artísticas, recreativas o de ocio y estar encuadrados en alguno de los siguientes CNAE:

–       5510 Hoteles y alojamientos similares.

–       5520 Alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia.

–       5530 Campings y aparcamientos de caravanas.

–       5590 Otros alojamientos.

–       5610 Restaurantes y puestos de comidas.

–       5621 Provisión de comidas preparadas para eventos.

–       5629 Otros servicios de comidas.

–       5630 Establecimientos de bebidas.

–       5914 Actividades de exhibición cinematogáfica.

–       7911 Actividades de las agencias de viajes.

–       7912 Actividades de los operadores turísticos.

–       7990 Otros servicios de reservas y actividades relacionadas con los mismos.

–       8230 Organización de convenciones y ferias de muestras.

–       9001 Artes escénicas.

–       9002 Actividades auxiliares a las artes escénicas.

–       9003 Creación artística y literaria.

–       9004 Gestión de salas de espectáculos.

–       9102 Actividades de museos.

–       9103 Gestión de lugares y edificios históricos.

–       9311 Gestión de instalaciones deportivas.

–       9312 Actividades de los clubes deportivos.

–       9313 Actividades de los gimnasios.

–       9319 Otras actividades deportivas.

–       9321 Actividades de los parques de atracciones y los parques temáticos.

–       9329 Otras actividades recreativas y de entretenimiento.

 

 

   Requisitos

  • Empresas con trabajadores: hasta 12.000€. 600€ por cada trabajador a jornada completa y 300€ por trabajador a tiempo parcial
  • Sin trabajadores600€.

   Plazo

Hasta el 17 de febrero de 2021.

 

En colaboración con Proyectos Amaltea ofrecemos la colaboración en materia de subvenciones, contacta con nosotros en nuestro teléfono 966 110 700 o al correo info@espinosaconsultora.es si dicha convocatoria se ajusta a las necesidades de tu actividad

 

Muchas gracias.

 

NUEVAS PRESTACIONES DE CESE DE ACTIVIDAD REAL DECRETO LEY 2/2021

Adjuntamos un pdf resumen con las nuevas prestaciones por cese de actividad establecidas por el Real Decreto-Ley 2/2021 de 26 de enero.


cuadro resumen

 

PRESTACIÓN EXTRAORDINARIA POR SUSPENSIÓN O CIERRE

Ayudas paras las actividades que hayan supuesto la suspensión o cierre:

a) Actividad de Hostelería y Restauración, bares, cafeterías, restaurantes y establecimientos de ocio y entretenimiento.
b) Establecimientos dedicados a actividades recreativas y azar (bingos, recreativos y similares).
c) Actividades en instalaciones y centros deportivos (clubes, gimnasios, centros de entrenamiento, complejos deportivos, pabellones, boleras, pistas para carreras, centros de pilates, yoga y similares).

Requisitos para solicitarla:

– Estar afiliados y en alta en Autónomo, al menos 30 días naturales antes de la fecha de la resolución que acuerde el cese de actividad.
– Estar al corriente de los pagos y obligaciones de la Seguridad Social.

Duración:

– Desde el día siguiente en el que la autoridad competente adopte la medida de cierre de la actividad, hasta el último día del mes en el que finalice la medida.

Cuantía:

– 50% de la base mínima de cotización (70% si es parte de familia numerosa y su actividad suspendida constituía la única fuente de ingresos).
– 40% cuando convivan personas unidas por vínculo familiar hasta el primer grado de parentesco por consanguinidad o afinidad, y dos o más miembros tengan derecho a esta prestación
extraordinaria.

Consideraciones:

– Durante el tiempo que permanezca la actividad suspendida, se mantendrá el alta en el régimen especial correspondiente.
– Durante el periodo en el que se perciba la prestación, el autónomo no estará obligado a cotizar. La mutua asumirá las cotizaciones que correspondan y se entenderá como tiempo cotizado.
– El reconocimiento será provisional y estará supeditado a su revisión.

Incompatibilidades

– Con prestaciones de incapacidad temporal, maternidad/paternidad (total).
– Con el trabajo por cuenta ajena, si los ingresos son superiores al 1,25xSMI (sin incluir pagas extras).
– Con el desempeño de otra actividad por cuenta propia.
– Con la percepción de rendimientos procedentes de la sociedad cuya actividad se haya visto afectada por el cierre.

Fecha para la presentación:
– Disponemos hasta el 4 de febrero de 2021 para la presentación de la ayuda.

AYUDAS «PLAN RESISTIR» DE LA GVA

El president de la Generalitat, Ximo Puig, ha anunciado que la línea de ayudas Paréntesis, destinada a autónomos y microempresas de los sectores más afectados por las restricciones necesarias para hacer frente a la pandemia de COVID-19, estará dotada con 160 millones de euros.

Su gestión se realizará a través de los ayuntamientos, que tendrán un plazo de 15 días, desde la publicación del decreto Ley, para presentar su solicitud de participación, lo cual «activará el despliegue de las ayudas», ha manifestado Puig.

Les adjuntamos el cuadro resumen de dicho Plan de Ayudas Resistir:


cuadro resumen

SUBVENCIONES PARA LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA

Ayudas a la contratación indefinida de colectivos vulnerables

 

Beneficiarios

Empresas privadas, incluidos los trabajadores autónomos.

 

Plazo

Hasta el 31 de julio de 2021.

 

Cuantía de la subvención

23.940€ por contratación.

25.270€ si es mujer.

 

Perfiles subvencionables

  • Personas desempleadas de larga duración (más de 1 año).
  • Personas de 50 años en adelante.
  • Personas con diversidad funcional.

A tener en cuenta

  • El contrato debe ser indefinido a jornada completa.

El contrato y el nivel de plantilla debe mantenerse al menos durante 24 meses.

 

En colaboración con Proyectos Amaltea ofrecemos la colaboración en materia de subvenciones, contacta con nosotros si dicha convocatoria se ajusta a las necesidades de tu actividad.

Muchas gracias.

INCOMPATIBILIDAD AYUDAS COVID DE LA GVA Y AYUNTAMIENTOS

Estimado cliente,

Le informamos que ya se están empezando a recibir las ayudas por cese solicitadas a la GVA, por CESE EN LA ACTIVIDAD O DIMINUCION DE INGRESOS; por ello debemos aclarar la incompatibilidad con otras ayudas que tengan la misma finalidad.

Según la GVA, la subvención de la Generalitat solo es compatible con la bonificación de cuotas a la Seguridad Social y con la prestación extraordinaria para trabajadores autónomos afectados por la crisis ocasionada por la COVID-19 y declara expresamente la incompatibilidad con las ayudas del ayuntamiento, incluso en el caso de que una de ellas haya sido solicitada por la persona física y la otra lo sea por parte de la sociedad, puesto que el hecho subvencionable es el mismo, el cese de actividad o la disminución de ingresos.

Por este motivo, le solicitamos que en el supuesto que hayan solicitados ambas ayudas y las mismas sean concedidas, nos informen cuando le hagan el ingreso de alguna de ellas, para realizar la renuncia a la que se encuentre pendiente de resolver, que seguramente será la del Ayuntamiento y evitar de esta forma, que se tengan que devolver el importe recibido con los intereses legales vigentes.

Pueden consultar dicha información en el documento de la GVA con las preguntas frecuentes sobre la ayuda: http://www.labora.gva.es/documents/166000883/166354910/Preguntas+frecuentes+EAUCOV+14-04-2020.pdf/764bfe03-e7f7-45fa-bd05-8701654c7627

 

Muchas gracias.

PETICIÓN AYUDAS AYUNTAMIENTO DE ELCHE

Buenas. 

Informaros que desde mañana a las 09:00 se podrán pedir las  Ayuntamiento de Elche por motivo de cese o pérdida de facturación. 

Un programa 1 de 1000€ para aquellos que hayan cesado la actividad según el RD 465/2020 de 17 de marzo.

Un programa 2 de 750€ para los que hayan sufrido una reducción de su facturación en el periodo comprendido entre el 20 de marzo y el 19 de abril de 2020, de al menos el 40%, en relación con la media obtenida en los seis meses naturales anteriores

Y la prioridad de los mismos se deberá a la fecha y hora de solicitud.

Por ello, quien esté interesado debe acceder a:  https://ayudaempresas.elche.es/

Debe rellenar el formulario que le solicitará unos datos básicos, (razón social o nombre del solicitante, dni/nie/cif, y, en su caso, del representante, correo electrónico, número de teléfono móvil, programa para el que solicita subvención y declaración responsable de que cumple todos los requisitos recogidos en estas bases para ser beneficiaria de las ayudas reactiva’t Elx, sin necesidad de aportar documentación alguna ni ser precisa firma electrónica.

Le informamos de que en caso de que le concedan la ayuda de la GVA y la del Ayuntamiento, se deberá renunciar a una, ya que son incompatibles. Aun así recomendamos que se pidan ambas porque no se ha resuelto la concesión de ayudas de la GVA.

BOP ayudas

Muchas gracias.

RESUMEN AYUDAS GVA A LOS AUTÓNOMOS

Buenas tardes, adjuntamos tabla resumen de las ayudas ofrecidas por la Generalitat Valenciana a los autónomos por el Covid-19:

PROYECTO DE DESARROLLO E IMPLANTACIÓN DE UN ERP

Las actuaciones desarrolladas para la  implantación de un sistema informático centralizado para administrar los recursos de la organización accesible por parte de todos los usuarios autorizados desde la nube,  han sido llevadas a cabo por la consultora Sistemas Online de Innovación Informática, S.L., el cronograma de actuación ha constado de las siguientes etapas:

Análisis y planificación de bases de datos:

–       Estudio de base de datos de la anterior plataforma del cliente.

–       Planificación de la nueva base de datos.

–       Creación, análisis y estructuración nueva base de datos.

–       Preparación de datos antiguos y posterior volcado al nuevo sistema.

Desarrollo e implantación de un sistema de gestión ERP

Gestión de la documentación:

–       Organización y clasificado de la documentación actual.

–       Inserción de la documentación en la nueva sección Archivo electrónico.

Hemos conseguido ser más eficientes en todo el proceso de planificación y desarrollo del trabajo de la consultora, lo cual nos ha ayudado a mejorar plazos de ejecución, compartir y conocer el estado de los proyectos, mejorar la respuesta, la fidelización y atención al cliente.

Gestionando también el control y llevanza de las notificaciones telemáticas de los clientes, siendo este un nuevo servicio a ofrecer el cual ha generado un incremento de la facturación, además de ser un servicio novedoso y diferenciador, el cual se convierte en una ventaja competitiva respecto de la competencia.

“Apoyo financiero de IVACE a través del Programa Digitaliza CV”
“Apoyo la Unión Europea por haber sido seleccionado el proyecto en PO FEDER de la Comunitat Valenciana 2014-2020”.

Programa de ayudas para el acceso al mercado laboral de los jóvenes menores de 30 años

Dirigido a favorecer el acceso al mercado laboral de los jóvenes menores de 30 años, en centros de trabajo domiciliados en la Comunidad Valenciana que se encuentren:

  • Desempleados e inscritos en la Oficina de Empleo, durante al menos 3 meses ininterrumpidos anteriores a la contratación o suscripción de Prácticas no laborales
  • En el supuesto de Conversión en indefinidos de contratos temporales, que hayan permanecido ininterrumpida mente de alta en la empresa durante al menos 6 meses.

EXCLUSIONES:

  • Jóvenes que hayan prestado sus servicios para la misma empresa, mediante contrato indefinido  en los 24 meses previos a la contratación.
  • Jóvenes que hayan finalizado una relación laboral INDEFINIDA en los 3 meses previos a la contratación.
  • Empresas que hayan sido excluidas cómo beneficiarias de fomento de empleo.
  • Empresas que hayan sido sancionadas en los dos años anteriores  por la comisión de infracciones graves y muy graves en materia de prevención de riesgos laborales.
  • Empresas que en los 12 meses anteriores, hubieran realizado extinciones de contrato en virtud del despido colectivo o que hubieran realizado extinciones por causas disciplinarias u objetivas declaradas improcedentes mediante sentencia judicial firme o laudo arbitral.
  • Relaciones laborales de carácter especial.
  • Contrataciones con jóvenes que mantengan una relación de consanguinidad y/o afinidad, de hasta el 2º grado con el empleador o con los miembros de los órganos de administración o cargos directivos de sociedades mercantiles.

OBLIGACIONES:

  • Mantener los contratos de trabajo subvencionados durante:
    • Contratación indefinida inicial: 18 meses
    • Conversión en indefinidos de contratos temporales: 18 meses
    • Contratación para la formación y aprendizaje: 12 meses
    • Contratación en prácticas: 6 meses
    • Suscripción de prácticas no laborales: 9 meses

CUANTÍAS:

  • CONTRATACIÓN INDEFINIDA INICIAL (PLAZO HASTA EL 31/07/2013).-
    • Inscritos 6 meses como desempleados:       3.000,00 € (3500,00 € para mujeres)
    • Inscritos 3 meses como desempleados:       2.000,00 € /2500,00 € para mujeres)
    • Fijos Discontinuos a  jornada completa, el 25% de los puntos anteriores.
    • Contratos parciales, con un mínimo de 20 horas semanales, con reducción proporcional.
    • CONVERSIÓN EN INDEFINIDOS DE CONTRATOS TEMPORALES (PLAZO, HASTA EL 22/07/2013)
      • Conversión transcurridos 6 meses desde el inicio de la relación laboral
      • Conversión realizada hasta el 12/07/2013.
      • Conversión contrato temporal entre 6 y 12 meses: 3.000,00 € (3500,00 € para mujeres)
      • Conversión contrato temporal mayor de 12 meses: 2.000,00 € /2500,00 € para mujeres)
      • Fijos Discontinuos a  jornada completa, el 25% de los puntos anteriores.
      • Contratos parciales, con un mínimo de 20 horas semanales, con reducción proporcional.
      • CONTRATACIÓN PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE (PLAZO HASTA EL 30/09/2013)
        • Duración mínima de 1 año: 2.000,00 € /2500,00 € para mujeres
      • CONTRATO EN PRACTICAS (PLAZO HASTA EL 30/09/2013)
        • Duración mínima de 6 meses: 1.000,00 € /1500,00 € para mujeres
        • Contratos parciales, con un mínimo de 20 horas semanales, con reducción proporcional
      • PRACTICAS NO LABORALES EN EMPRESAS (PLAZO HASTA EL 30/09/2013)
        • Jóvenes entre 18 y 25 años.
        • Duración de 9 meses
        • Ayudas de 400,00 €